¿Qué impuestos pagarás cuando compres tu vivienda?
Básicamente existen dos situaciones que definirán los impuestos que deberás pagar cuando compres una vivienda:
- Vivienda de obra nueva:
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- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se calcula sobre el coste de la vivienda que compras.
- 10% del valor de la vivienda
- 4% si es de protección oficial
- En Canarias se sustituye por el IGIC que es del 6,5%
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se calcula sobre el coste de la vivienda que compras.
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- Impuesto sobre Actos Jurídicos (IAJDIAJD es la abreviatura de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. ): Se calcula sobre el Valor de Referencia, que es el valor que la Dirección General del Catastro adjudica a la vivienda que compras y puedes consultarlo en la sede electrónica del Catastro.
Sin embargo, si el coste de compra es superior al Valor de Referencia, el IAJD se calculará sobre la cifra de compra.
El porcentaje del IAJD viene determinado por cada Comunidad Autónoma y también pueden existir bonificaciones aplicar por diversas circunstancias.
| COMUNIDAD AUTONOMA | IAJD |
| Andalucía | 1,20% |
| Aragón | 1,50% |
| Canarias | 0,40% |
| Cantabria | 1,50% |
| Castilla y León | 1,50% |
| Castilla-La Mancha | 1,50% |
| Cataluña | 1,50% |
| Ceuta | 0,50% |
| Comunidad de Madrid | 0,75% |
| Comunidad Foral de Navarra | 0,50% |
| Comunitat Valenciana | 1,50% |
| Extremadura | 1,50% |
| Galicia | 1,50% |
| Illes Balears | 1,20% |
| La Rioja | 1,00% |
| Melilla | 0,50% |
| País Vasco | 0,00% |
| Principado de Asturias | 1,20% |
| Región de Murcia | 1,50% |
- Vivienda de segunda mano:
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- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales onerosas (ITP): Al igual que el IAJD, se calcula sobre el Valor de Referencia y de nuevo, si el coste de compra es superior al Valor de Referencia, se calculará sobre la cifra de compra.
También en este caso viene definido por cada Comunidad Autónoma y también definen sus propias bonificaciones.
| COMUNIDAD AUTONOMA | ITP |
| Andalucía | 7,00% |
| Aragón | 8,00% |
| Canarias | 6,50% |
| Cantabria | 10,00% |
| Castilla y León | 8,00% |
| Castilla-La Mancha | 9,00% |
| Cataluña | 10,00% |
| Ceuta | 6,00% |
| Comunidad de Madrid | 6,00% |
| Comunidad Foral de Navarra | 6,00% |
| Comunitat Valenciana | 10,00% |
| Extremadura | 8,00% |
| Galicia | 10,00% |
| Illes Balears | 8,00% |
| La Rioja | 7,00% |
| Melilla | 6,00% |
| País Vasco | 4,00% |
| Principado de Asturias | 8,00% |
| Región de Murcia | 8,00% |
Para realizar el pago de los impuestos puedes contratar los servicios de una gestoría quien te solicitará una provisión de fondos que utilizará para realizar los distintos pagos y, si sobra dinero, te lo devolverá.
No te olvides de que además de los gastos propios de la compraventa, en caso de financiarla con una hipoteca, tendrás los gastos propios de formalización del préstamo hipotecarioEl préstamo hipotecario es una operación reflejada en un contrato mediante la que una entidad financiera facilita una determinada cantidad de dinero al interesado para la adquisición de un inmueble, usando este último como garantía en el caso de incumplimiento de las obligaciones de devolución..
Los simuladores que encontrarás en hipoteca incluyen el cálculo de los gastos en las operaciones de compraventa teniendo en cuenta estas consideraciones. Pero para poder ten en cuenta que puede que tengas acceso a alguna reducción en tu Comunidad Autónoma, así que no dejes de consultar la información en tu ayuntamiento para ver si obtienes alguna rebaja.
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